jueves, 12 septiembre 2024

Condenado por discriminación tras negar el alojamiento a jóvenes con síndrome de Down

1 junio 2017
Almería
hotel CaboGata Plaza Suites

El establecimiento hotelero está ubicado en El Toyo

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El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Andalucía (Cermi Andalucía), la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (Faisem) y la Estrategia Andaluza contra el Estigma en Salud Mental ‘1 de cada 4’, exigen disculpas por las declaraciones realizadas por el director comercial de la central de reservas del grupo ZT Hotels durante el juicio.

El director comercial de la central de reservas del grupo ZT Hotels ha sido condenado por el titular del Juzgado de lo Penal numero 2 de Almería por discriminar a un grupo de catorce jóvenes con síndrome de Down a los que negó alojamiento en el Hotel Cabo de Gata Plaza Suites de El Toyo.

La sentencia judicial impone al acusado, G.G.Q., la pena de inhabilitación especial de un año y tres meses para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio relacionado con la prestación de servicios de hostelería por un delito de discriminación, y absuelve por otra parte a O.G.R., supervisora de gestión del hotel, y a V.T.S., trabajadora de la empresa mayorista Welcome Incoming Services.

Por su parte, CERMI Andalucía, Faisem y la Estrategia Andaluza contra el Estigma en Salud Mental 1 de cada 4 han censurado la declaración realizada durante el juicio por el condenado de discriminar a un grupo de jóvenes con síndrome de Down e inhabilitado por el juez, al que reclaman «disculpas».

En una nota aseguran que el acusado declaró durante la vista oral que había confundido a la Asociación Almeriense por el Síndrome de Down (Asalsido) con Faisem. Según dijo, un grupo de enfermos mentales había provocado situaciones de riesgo en el hotel una semana antes tras este capítulo, la cadena hotelera cambió de política de empresa y decidió «no admitir estos grupos por seguridad», señalan las organizaciones. Añaden que dicho director comercial señaló que el error fue «confundir enfermos mentales, concretamente de Faisem, con discapacitados psíquicos».

Los hechos
G.G.Q., como director de la central de reservas del grupo hotelero ZT Hotels, remitió el uno de mayo de 2013 un correo electrónico a Asalsido por el que denegaba a esta entidad la posibilidad de hacer una reserva de ocho habitaciones dobles durante dos días para 14 discapacitados psíquicos y dos monitores. En dicho correo, que los responsables de Asalsido recibieron el 7 de mayo, G.G.Q. respondía a su petición con la siguiente frase: «lamentablemente, no aceptamos grupos de discapacitados psíquicos».

El juez dice que de esta forma el acusado negó «así la posibilidad de reservar a dicho grupo, exclusivamente en razón a su discapacidad», en el Hotel Cabo de Gata Plaza Suite, ubicado en el barrio almeriense de El Toyo. Señala que no ha quedado acreditado que la acusada, O.G.R., como supervisora de gestión del hotel Cabo de Gata Plaza Suites, confirmara posteriormente a una responsable de Asalsido que «era política del grupo hotelero el no admitir a personas con discapacidad psíquica». En la vista oral, el Ministerio Fiscal, que era la única parte que mantenía su acusación contra ella, retiró la acusación presentada contra la acusada, V.T.S.

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