El proyecto de urbanización del Sector SR-T1 en el paraje de Las Cumbres del término municipal de Huércal de Almería, viene arrastrando desde hace bastantes años una serie de irregularidades que comienzan con la descatalogación sorpresa en octubre de 2015 del acueducto de Las Cumbres, un bien patrimonial que junto con otros 45 hitos hidráulicos ligados al canal de San Indalecio y a la cultura del agua, la Junta de Andalucía había inscrito ese mismo año en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Finalmente, el pasado 30 de junio la Junta de Gobierno Local de Huércal aprobó por la vía de urgencia el Proyecto de Urbanización con gravísimas y serias dudas de su legalidad.
El conocimiento de estas irregularidades está en el germen de la movilización de diferentes colectivos vecinales, ambientales y patrimoniales que se unieron para crear la Plataforma Ciudadana en Defensa del Canal de San Indalecio y la Cultura del Agua en Almería, y que desde su constitución a comienzos de abril ha venido desarrollando diferentes acciones de denuncia, concienciación e intentos de negociación para salvar y dignificar el Acueducto de las Cumbres para que sea considerado como un auténtico hito de nuestro rico patrimonio hidrológico. Y para conseguirlo, Ecologistas en Acción, en representación de dicha Plataforma, acaba de presentar ante el ayuntamiento huercalense un recurso de reposición debido a las carencias en la documentación que acompañan al proyecto de urbanización aprobado.
«El proyecto de urbanización –explica la Plataforma en un comunicado– no hace ninguna referencia a un elemento patrimonial tan relevante en la cultura del agua y el Canal de San Indalecio, como es el acueducto de Las Cumbres, presente en las parcelas a urbanizar y para el que no se contempla ninguna solución integrada y compatible con la urbanización proyectada».
Añaden los colectivos que el proyecto no cuenta con «la necesaria autorización expresa de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible para el vertido de agua a los dos cauces que circundan el ámbito del proyecto de urbanización».
Igualmente la documentación presentada carece del necesario informe del Organismo de Cuenca que certifique la suficiencia de recursos hídricos para satisfacer las demandas de los vecinos y empresas que se instalen en la urbanización, y cuya ausencia es motivo suficiente para declarar nula dicha urbanización; tal y como recoge la jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo.
Ni el proyecto de urbanización, ni el Plan Parcial que le da cobertura, han sido sometidos a la preceptiva Evaluación Ambiental que exigen tanto la Ley de Gestión Integral de la Calidad Ambiental (Ley GICA de 2007), como la legislación estatal básica como el Derecho de la Unión Europea.
Estas carencias han llevado a la Plataforma en Defensa de la Cultura del Agua y el Canal de San Indalecio a solicitar al ayuntamiento de Huércal la suspensión de la ejecutividad del proyecto de urbanización del Sector SR-T1, al menos hasta que subsanen todas las deficiencias enumeradas o resuelvan, como impone la Ley, las medidas cautelares solicitadas; con la advertencia de que en caso contrario, la plataforma ha decidido acudir a los tribunales para denunciar la negligencia y la responsabilidad en la que pueden haber incurrido tanto el órgano colegiado municipal como a los servidores públicos implicados en la tramitación y aprobación de dicha urbanización, por causar un grave perjuicio para el interés público.