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El SAS pagará 28.202 euros a los padres del bebé fallecido en el Poniente

3 marzo 2012
El Ejido
hospital de Poniente

Hospital de Poniente

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El Alto Tribunal considera que el equipo médico del Hospital de Poniente demoró en exceso la decisión de practicar una cesárea a la madre

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) tendrá que indemnizar con más de 28.000 euros a los padres de un bebé que, en 1997, falleció durante el parto en el Hospital de Poniente. Así se ha definido el Tribunal Superior de la Junta de Andalucía (TSJA) en una sentencia en que condena al SAS a pagar 28.202 euros a los padres del recién nacido por considerar que el equipo médico demoró en exceso la decisión de practicar una cesárea.

Afirma el Alto Tribunal que los síntomas que alertaban de que el parto no evolucionaba bien se mantuvieran durante más de 85 minutos y subraya, que si bien se practicó con rapidez, la decisión de realizar la cesárea no se ajustó a la lex artis por el momento en el que se adoptó ya que debió hacerse dos o tres horas antes de que se realizara.

La sentencia admite parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los padres del bebé fallecido y cuantifica la responsabilidad patrimonial de la administración en 28.202 euros más los intereses legales pese a que los demandantes reclamaban 62.111,29 euros.

La mujer, de 29 años, rompió aguas en su primer embarazo, que había transcurrido de manera normal, en la noche del 23 de diciembre de 1997, por lo que acudió al centro hospitalario donde ingresó tras varias pruebas a las 08,00 horas del día siguiente para «control» y posterior traslado al área de partos.

Tras un relató pormenorizado de la evolución del alumbramiento que llega hasta las 17,00 horas, el TSJA remarca que durante 85 minutos se mantuvo una «situación de braquicardias fetales y de estancamiento en la fase expulsiva que determinaban la práctica de cesárea»aunque matiza que la propia práctica de esta cesárea sí se ajusto a lex artis ya que duró 25 minutos desde que la paciente entró a quirófano «cuando la media para esta intervención es de 45 minutos».

Remite, en esta línea, al informe pericial de la Real Academia de Medicina que establece que debió haberse practicado «unas dos o tres horas antes» e indica que los citados síntomas debieron considerarse «la sospecha de sufrimiento fetal, pues eran signos de que algo raro estaba ocurriendo» y, por tanto, «no se debió haber esperado 85 minutos en que se mantuvo esa situación y los mismos signos».