jueves, 28 marzo 2024

Trabajo detecta un crecimiento de falsos autónomos en la provincia de Almería

3 abril 2013
Almería
Jornadas autoempleo UAL

Jornada de autoempleo celebrada en la UAL

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Aspecto destacado en la UAL en el transcurso de la Jornada de Autoempleo organizada por el Servicio Universitario de Empleo

Uno de los efectos perversos de la crisis económica es el aumento cada vez más llamativo de los denominados falsos autónomos, es decir, trabajadores por cuenta ajena pero que cotizan como trabajadores autónomos. Así lo ha manifestado este miércoles Emilio Rafael Ortiz, responsable de la Dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. «No tenemos un porcentaje exacto pero sí sabemos que éste es muy elevado y cada vez mayor», ha señalado Ortiz en su intervención como ponente en la Jornada de Autoempleo Nuevas medidas de apoyo al emprendedor, celebrada en la UAL con la participación de un centenar de personas.

Como falso autónomo se entiende a aquel trabajador que por sus circunstancias debería estar contratado y que, sin embargo, cotiza como autónomo. «Si uno es autónomo, no tiene que tener ninguna directriz por parte del empleador. Pero si está sujeto a la dirección del empresario, esa persona debería tener un contrato por cuenta ajena y de este fraude son responsables las empresas», ha dicho.

En su ponencia, Ortiz ha explicado las distintas medidas de apoyo impulsadas por el Gobierno para favorecer la creación de empleo por cuenta propia. Entre ellas, por ejemplo, la reducción del 80% durante los primeros seis meses de las cuotas como autónomo para un trabajador menor de 30 años (o de 35 en el caso de mujeres) que se dé de alta por primera vez. O los dos años y medio de reducciones y bonificaciones si el empleador autónomo no contrata a ningún trabajador por cuenta ajena o los cinco años de bonificaciones para las personas que tengan una discapacidad que supere el 33%. También, ha explicado Ortiz, se han puesto en marcha medidas de impulso a la contratación por parte de autónomos mayores de 45 años y para contratos en prácticas.

Por otra parte, también se ha señalado que entre lo contemplado en el Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y de la creación de empleo, ha habido una modificación de la Ley de Contratos del sector público por la que se obliga a la administración a pagar dentro de los 30 días siguientes. Si hay demoras, ha explicado este experto, deberían pagarse intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro.

Además de las nuevas medidas de apoyo para autónomos y pymes, la sesión ha abordado también la fiscalidad para trabajadores autónomos y pequeñas empresas, conferencia que ha corrido a cargo de José Luis Mellado Vergel, responsable de la empresa León y Vergel Asesores S.L.