jueves, 10 octubre 2024

El TSJA declara urbanizable una finca de Aguamarga protegida por el Supremo

29 mayo 2012
Níjar
aguamarga

Vista de la localidad almeriense de Aguamarga

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Ecologistas en Acción Almería acusa a la Junta de Andalucía de ocultar al TSJA datos fundamentales sobre el fallo del Supremo que declara no urbanizables los terrenos de ‘Marina de Aguamarga’

Tras conocer la última decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre la legalidad del proyecto de urbanización de Marina de Aguamarga, en el Parque Natural de Cabo de Gata Níjar, Ecologistas en Acción Almería ha remitido una nota condenado tal decisión por considerar que proyecto es «una mole de cemento en pleno corazón del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar a la que siempre hemos mostrado nuestra oposición frontal», señala la organización.

 Ecologistas en Acción recuerda que la finca Marina de Aguamarga fue declarada urbanizable en las Normas Subsidiarias de Níjar de 1996 aunque la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de esa normas subsidiarias publicadas en el BOP de Almería de fecha 17 de mayo de 1996, anulaba la clasificación de los terrenos como urbanizables, recuperando estos su protección. Una decisión que el Ayuntamiento de Níjar recurrió ante el Tribunal Supremo aunque sin resultados, porque el TS ratificaba la figura de espacio protegido no urbanizable para la citada finca, y así figura en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Cabo de Gata publicado en 2008.

En 2005, la primera versión del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Cabo de Gata (PORN), incluía el terreno de la finca como urbanizable, pero al publicarse la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2007, se modificó la clasificación de los terrenos y se los clasificó como no urbanizables en el PORN definitivo, publicado en 2008.

Señala Ecologistas en Acción que el TSJA basa su sentencia en que la finca está clasificada como urbanizable en el planeamiento urbanístico de Níjar, un argumento erróneo porque en 2007 el Tribunal Supremo anulaba tal clasificación  declarando el espacio como protegido.

Para los denunciantes, «lo grave de la cuestión es que la Junta de Andalucía, y por supuesto el promotor, han ocultado al TSJA la existencia de la sentencia firme del Tribunal Supremo de fecha 12 de diciembre de 2007 que clasifica los terrenos como no urbanizables».

Aguamarga marina
Acciones en la calle contra el proyecto de 'Marina Aguamarga'

En palabras de los miembros de Ecologistas en Acción, «si la Junta de Andalucía en este pleito, como en tantos otros, no hubiese ocultado datos fundamentales al TSJA, sería impensable que se hubiera producido una sentencia como esta, basada en hechos erróneos».

La organización exige a la Junta de Andalucía que explique públicamente los motivos por los que en este pleito ha ocultado al TSJA la sentencia del Tribunal Supremo del 12 de diciembre de 2007 declarando como no urbanizables los terrenos, los mismos que ahora declara urbanizables el TSJA.

Ecologistas en Acción Almeria presentará un recurso de casación ante el Supremo contra la sentencia del Alto Tribunal andaluz .