lunes, 16 septiembre 2024

El Supremo anula el PGOU de Carboneras y declara no urbanizable el suelo de El Algarrobico

24 abril 2018
Carboneras
Algarrobico

Hotel de El Algarrobico, en Carboneras

Comparte esta noticia en tus redes

La decisión judicial, que confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), hace referencia a los sectores Sector S-T1 y S-T2, terrenos del Canillar y sobre los que la constructora Azata del sol construyó el hotel de la discordia.

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del Ayuntamiento de Carboneras en lo que afecta a los parajes de El Algarrobico y el Canillar, una sentencia que afecta exclusivamente al Sector S-T1 y al Sector S-T2, y que establece que esos terrenos deben figurar como suelo no urbanizable.

El Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) al desestimar el recurso que el Gobierno local de Carboneras interpuso contra este fallo, que el 18 de julio del 2016 revocó el acuerdo del pleno municipal en el que fue aprobado dicho PGOU, únicamente en lo relativo a estos dos sectores.

El TS indica que en las antiguas normas urbanísticas de 1997, El Algarrobico y el Canillar estaban clasificados como urbanizables.

Apunta que, sin embargo, cuando se procedió a la conversión a PGOU de estas normas debió tenerse en cuenta que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar ya consideraba protegidos dichos sectores. «Y a éste debió de adaptarse el acuerdo impugnado, como, por otra parte, había ordenado el Decreto 26/2009, de 3 de febrero, por el que fue aprobado el Plan de Ordenación Territorial del Levante Almeriense», señala el alto tribunal.

[scrolling_box title=»OTRAS NOTICIAS» format=»» count=»9″ rows=»3″]