FACUA Almería ha logrado que EasyJet compense a una socia y a su familia con 1.200 euros (400 euros por persona) por el retraso de 3 horas y 53 minutos en la salida de un vuelo que cubría la ruta Almería-Londres. La compañía se negaba a abonar la cantidad establecida por la legislación.
Bárbara G. L. acudió el 2 de agosto de 2019 al aeropuerto de Almería para subir, junto a su marido y su hija, a un avión de esta compañía británica que le iba a llevar hasta la capital inglesa para disfrutar de unos días de vacaciones. La hora prevista de salida era las 10.05 horas.
Cuando estaban ya subidos en el avión y cada uno en su asiento esperando el despegue, la tripulación anunció que el vuelo se retrasaba «por problemas técnicos», por lo que procedieron a desalojar la aeronave. Los pasajeros, sin entender nada de lo que ocurría, tuvieron que volver a la sala de espera.
Casi cuatro horas de retraso
«No sabíamos qué pasaba. Además era la primera vez que íbamos a volar en avión, así que se nos pasaba cualquier cosa por la cabeza», señala Bárbara, quién asegura que tampoco les dieron ninguna justificación sobre este retraso más allá de esos «problemas técnicos».
Los pasajeros se desesperaban junto a la puerta de embarque al ver cómo la salida de su vuelo era reprogramada para las 13.58 horas, prácticamente cuatro horas después de la hora inicial. Finalmente, el avión partía de Almería con 3 horas y 53 minutos de retraso, llegando a Londres casi a las 16.00 horas.
Al volver a la capital almeriense, Bárbara puso los hechos en conocimiento de FACUA Almería. La asociación remitió a la aerolínea varios escritos de reclamación solicitándole una compensación de 1.200 euros (400 euros por cada uno de los pasajeros), por haberse retrasado el vuelo más de tres horas.
De acuerdo con lo establecido en la sentencia de fecha 23 de octubre de 2012 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea C-581/10 y C-629/10, el pasajero tiene derecho a compensación en caso de un retraso que suponga una llegada al destino tres horas o más después de la hora prevista inicialmente, salvo que ocurran circunstancias extraordinarias que escapan al control efectivo de la aerolínea.
Teniendo en cuenta que la distancia entre Almería y Londres supera los 2.000 kilómetros, y según recoge también la compañía en su documento informativo sobre los derechos de los pasajeros en caso de retraso o cancelación, la compensación debía de ser de 400 euros por persona al tratarse de un vuelo de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
Sin respuesta por parte de EasyJet
FACUA Almería no obtuvo respuesta a ninguna de las dos reclamaciones presentadas a EasyJet, por lo que decidió poner el caso en conocimiento de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa).
El pasado mes de abril, este organismo remitía un escrito a la asociación en el que exponía que la aerolínea «no ha acreditado la concurrencia de circunstancias extraordinarias, por lo que debe abonar una compensación de 400 euros por pasajero».
Tras esta resolución favorable por parte de Aesa, FACUA Almería recibió un correo electrónico de EasyJet en el que se informaba de que, con fecha de 25 de abril de 2022, el departamento financiero autorizaba el pago de 1.200 euros como concepto de compensación por el retraso de casi cuatro horas sufrido por Bárbara y su familia.
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