lunes, 9 diciembre 2024

CSIF Almería gana una sentencia a Zara por discriminación a trabajadoras con reducción de jornada

6 marzo 2019
Almería
zara

Una de las empleadas fue destinada al centro de Roquetas de Mar

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Las empleadas fueron obligadas a trasladarse a otro centro de trabajo cuando nos le permitieron hacer uso de una reducción de jornada que ya tenían reconocido por el cuidado de hijos de menores de edad. La resolución recoge que se declara “nula la decisión empresarial de modificar sustancialmente las condiciones de trabajo de la demandantes por vulnerar sus derechos fundamentales”

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF Almería, ha ganado una sentencia a Zara por discriminar a 16 trabajadoras prohibiéndoles hacer uso de su reducción de jornada por cuidado de hijos menores de edad, un derecho laboral fundamental que está recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

De esta manera, la asesoría jurídica del sindicato, a través de su graduada social, Mª Carmen Ríos, ha ganado dicha resolución en el Juzgado de lo Social número 3 de Almería en nombre de dos de estas empleadas.

Los hechos se remontan al pasado mes de octubre, cuando Zara decidió cerrar su tienda en el Centro Comercial Mediterráneo para abrir una nueva tienda en el nuevo Centro Comercial Torrecárdenas, ubicado a menos de dos kilómetros de distancia del primero.

De esta manera, de una plantilla de unos 40 trabajadores, 16 de ellas tenían reducida su jornada laboral por cuidado de hijos menores de edad, a las cuales no se les permitió trasladar su horario laboral una vez comenzasen a trabajar en las nuevas instalaciones de la multinacional, vulnerando así un derecho fundamental recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

Ante la negativa de ocho trabajadoras, estás fueron trasladadas a las tiendas de la empresa que se encuentran, una de ellas, en el Paseo de Almería y la otra en el Centro Comercial Gran Plaza de Roquetas de Mar, este último ubicado a unos 25 kilómetros de distancia de su anterior centro de trabajo. Así, esta medida de Zara dificultó terriblemente el ejercicio del derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de dichas trabajadoras, considerando por tanto, que se han discriminado a estas empleadas por razón de sexo y de circunstancias personales.

Ante esta situación, CSIF Almería interpuso una demanda por modificación sustancial de las condiciones laborales y vulneración de derechos fundamentales de dos de estas trabajadoras, ganando dicha sentencia. La resolución declara “nula la decisión empresarial de modificar sustancialmente las condiciones de trabajo de las demandantes al vulnerar sus derechos fundamentales, por lo que procede condenar a la empresa ZARA ESPAÑA SA a reponer a estas actoras en las condiciones laborales que tenían con anterioridad al cambio del centro de trabajo… y la reincorporación en el Centro Comercial Torrecárdenas”, “respetando así las reducciones de jornadas y concreciones horarias que tenían reconocidas”.

La sentencia, que aún no es firme y que está a la espera de ser confirmada por TSJA, además obliga a la multinacional a abonar a cada una de las trabajadoras “la cantidad de 6.250 euros, en concreto, por indemnización de daños y prejuicios morales causados por la vulneración de sus derechos fundamentales”. Asimismo, tras esta sentencia, CSIF ha tenido conocimiento de que algunas de las trabajadoras trasladadas han vuelto a ser reubicadas con reducción de jornada junto al resto de sus compañeros en el Centro Comercial Torrecárdenas.
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