sábado, 20 abril 2024

Abierto el plazo para que autónomos y empresas con deudas puedan solicitar ayudas de 3.000 a 200.000 euros

21 junio 2021
Almería
Empresa

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También está abierto el plazo de solicitud de las nuevas ayudas a la conciliación para autónomos, al inicio de actividad y las de ampliación de la tarifa plana.

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha abierto el plazo, hasta el próximo 15 de julio, para que empresas y autónomos que hayan contraído deudas a causa de la pandemia puedan solicitar subvenciones de entre 3.000 y 200.000 euros para apoyar su solvencia económica.

La delegada de Gobierno, Maribel Sánchez, ha presentado hoy esta convocatoria junto al delegado territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Emilio Ortiz, y el coordinador de Vicepresidencia y delegado territorial de Turismo, Vicente García.

Estas ayudas están reguladas por el RDL 5/2021 de 12 de marzo del Gobierno de España y el DL 10/2021 de 1 de junio de la Junta de Andalucía. El responsable provincial de Empleo ha señalado que “la normativa y diseño de los requisitos de estas subvenciones es estatal, aunque será la Consejería de Empleo la encargada de tramitar las solicitudes en Andalucía”.

“No obstante, conscientes como somos de la necesidad de liquidez que tiene nuestro tejido productivo y comprometidos como estamos con las empresas, hemos hecho un esfuerzo, dentro de nuestras competencias, por automatizar los procesos de solicitud y tramitación de estas subvenciones para llegar al máximo de beneficiarios generándoles las menores molestias posibles”, ha añadido Ortiz López, quien ha recordado el compromiso de resolver las ayudas antes del 31 de diciembre de 2021. Para ello, se contará con un equipo de trabajo compuesto por más de 100 funcionarios interinos.

Asimismo, Ortiz López ha anunciado que en los próximos días se realizarán jornadas informativas para dar la mayor difusión a esta convocatoria , como los webinares de mañana con el Consejo Andaluz de Colegios de Graduados Sociales, el 23 de junio con CEA y el 25 de junio con Andalucía Emprende.

Por su parte, el coordinador de Vicepresidencia y delegado territorial de Turismo ha señalado “el compromiso de la Junta de Andalucía con los empresarios y autónomos de la comunidad, que son el músculo de nuestra economía y quienes generan riqueza y empleo.

Por ello, desde el inicio de esta crisis hemos querido estar a su lado no solo poniendo en marcha distintas líneas de ayudas, sino intentando agilizar -como haremos con estas nuevas partidas del Estado- cualquier trámite que tengan que realizar para que las cuantías se hagan efectivas a la mayor brevedad”.

Asimismo, ha recordado que el Gobierno andaluz ha trabajado para evitar que las subvenciones estatales entrasen en conflicto con las que ya ha puesto en marcha la Junta para que los profesionales puedan optar al máximo de ayudas posible.

Dos fases para la solicitud
El delegado de Empleo ha detallado que el procedimiento de solicitud consta de dos fases: en la primera, se tendrá que rellenar un sencillo formulario disponible en la web de la consejería, que autoriza a la persona o entidad solicitante a consultar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AETA) sus datos fiscales, para poder comprobar que cumple ciertos requisitos básicos (como no tener deudas con la Seguridad Social ni Hacienda) y para poder calcular la subvención aplicable en el caso de cumplir con estas obligaciones. El resultado de esta consulta se pondrá a disposición del solicitante, que podrá acceder a la siguiente fase.

Entre los requisitos exigidos están dedicarse a una de las más de 250 actividades económicas que recoge el anexo del DL 10/2021; no haber declarado pérdidas en 2019; que las operaciones interiores con IVA hayan caído más de un 30% en 2020 respecto a 2019; tener sede en Andalucía; no estar en concurso de acreedores; comprometerse a mantener la actividad (no el empleo) hasta el 30 de junio de 2022; y las ya mencionadas de estar al día con la Seguridad Social y Hacienda.

El importe de la subvención se calculará según lo que haya bajado la facturación y el número de trabajadores de la empresa (si supera o no los 10) y puede ir de 3.000 a 200.000 euros.

El segundo paso será cumplimentar la «solicitud de subvención a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado”, mediante un formulario online y una declaración responsable, un trámite que se recomienda que se realice dentro de los 10 días siguientes a la notificación de datos de la AEAT, ya que la convocatoria es de concurrencia no competitiva y por tanto se irán tramitando y resolviendo las solicitudes por orden de entrada hasta alcanzar los 1.109 millones de presupuesto.

Documentación
La solicitud de la subvención es telemática y se basa principalmente en declaraciones responsables, y el solicitante deberá aportar copias digitalizadas de las facturas o documentos de valor probatorio de las deudas, pagos pendientes y costes fijos incurridos pendientes de pago, y para cada uno de ellos (artículo 11.3 DL 10/2021).

En algunos casos, la empresa solicitante también deberá incluir documentación específica relativa a las declaraciones de la Renta, que prueben determinadas circunstancias recogidas en el DL 10/2021, como son los resultados negativos como consecuencia de los deterioros de valor de activos financieros por operaciones comerciales que tengan la consideración de créditos concursales, con las demás circunstancias previstas.

Asimismo, si el beneficiario es partícipe en una modificación estructural también deberá incluir en la solicitud copia autorizada de la escritura pública e inscripción en el Registro Público correspondiente o documentación acreditativa de la operación, en caso de que no fuera exigible escritura pública para la inscripción de la operación correspondiente según la normativa de aplicación.

Por último, en caso de que la persona o entidad interesada presente la solicitud a través de persona representante apoderada que no sea representante legal deberá presentarse, si el apoderamiento es electrónico, el documento que lo acredite, cumplimentando en caso contrario el certificado de apoderamiento que se publica en el extracto de la convocatoria que deberá acompañarse junto con la solicitud.