Tras insistir a lo largo del curso en que las condiciones actuales no aconsejaban la convocatoria y realización de procesos selectivos para el acceso al funcionariado en la Enseñanza andaluza, Docentes por la Pública presentaba recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra la Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se efectuaba convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en los cuerpos de profesores.
La situación de pandemia, el cansancio del profesorado en este curso excepcional, la falta de garantías sobre la profilaxis necesaria en las oposiciones, pero también la expectación y las dudas ante las medidas a adoptar en general en la Administración española sobre el personal temporal, con su correspondiente desarrollo normativo sectorial y autonómico, llevaron al sindicato a reivindicar la paralización de las oposiciones en este año 2021.
Docentes por la Pública observó que la orden de convocatoria de 30 de noviembre de 2020 en su primera disposición atentaba contra derechos fundamentales, ya que no respetaba la preceptiva reserva para personas con discapacidad en el turno de promoción interna del A2 al A1. Por ello, el 11 de enero de 2021, DxP presentó recurso administrativo de reposición para corregir este defecto.
La Administración educativa andaluza ante tal flagrante error (así queremos considerarlo), que afectaba a derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española (a la igualdad, artículo 14, y a la igualdad en el acceso a la función y a los cargos públicos, artículo 23) en lugar de subsanarlo persistió en su actitud, lo que llevó a que el 18 de febrero se interpusiera demanda por vía de urgencia para la protección de derechos fundamentales, formalizada el 5 de abril, una vez admitida a trámite.
Con fecha de 30 de junio, la sección 3a de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia en la que falla a favor del recurso presentado por DxP, anulando el artículo 1.1 de la orden de oposiciones, relativo a las plazas ofertadas.
Un comentario
A mí, que soy interino de turno libre, que he pasado un infierno para preparar esta convocatoria y que tengo plaza casi seguro tras presentarme y aprobar sin plaza las 4 anteriores, vuestro recurso me importa un carajo. Y más vale que no tenga consecuencias.