sábado, 14 diciembre 2024

Carboneras facilita las licencias urbanísticas con una declaración responsable

2 junio 2020
Carboneras
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También se permite la declaración responsable para determinadas licencias de ocupación y utilización de edificaciones de nueva ejecución o existentes. Esa declaración responsable, deberá estar acompañada del abono de las tasas, ICIO y fianza que le sea de aplicación en cada caso.

El Ayuntamiento de Carboneras facilita las licencias de obras que se conceden, a partir de ahora, con una simple declaración responsable por parte de la persona interesada, para las de obra menor y determinados supuestos de licencias de ocupación y de obra mayor en suelo urbano consolidado, lo que agilizará la tramitación administrativa y vendrá a colaborar en la reactivación económica del municipio.

Esta medida responde a la aplicación del Decreto Ley 2/2020 del Gobierno andaluz de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de la comunidad, que modifica un artículo de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, y se lleva a cabo una vez que se ha levantado, entre otras actividades y plazos, la suspensión y limitación de obras con motivo del Covid-19 que venía marcada por el Gobierno de España -incluida en la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria en aplicación del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad-.

En concreto, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Carboneras ha aprobado los cuatro modelos de declaración responsable que la ciudadanía tendrá a su disposición tanto en las dependencias municipales como en su sede electrónica, además de darle difusión a través de sus redes sociales, para poder llevar a cabo esta nueva tramitación, con la que se gana rapidez para acometer diferentes obras y actuaciones dentro del ámbito urbanístico.

Casos de interés
Cabe destacar que la declaración responsable en suelo urbano consolidado es aplicable, en sustitución de la licencia urbanística obligatoria hasta el momento, a las obras menores que no requieren de proyecto y a las obras mayores que, aún requiriendo proyecto, no afecten a la ocupación, altura, edificabilidad o al número de viviendas -siendo lógicamente conformes con la ordenación urbanística-.

También se permite la declaración responsable para determinadas licencias de ocupación y utilización de edificaciones de nueva ejecución o existentes. Esa declaración responsable, deberá estar acompañada del abono de las tasas, ICIO y fianza que le sea de aplicación en cada caso.

No obstante, hay que tener en cuenta que en actuaciones en suelo rústico, dentro del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar o en zonas afectadas por Dominio Público y sus zonas de afección referentes a carreteras y cauces (correspondientes a diferentes administraciones) o Servidumbre de Protección de Costas, esas declaraciones responsables no son válidas si no van acompañadas de autorizaciones expresas del órgano correspondiente.

Por último, se sigue manteniendo la licencia urbanística como fórmula administrativa en ciertos casos relacionados con cambios de uso, por ejemplo, de local o almacén a vivienda.

Comunicación previa
Por parte del Gobierno andaluz se ha llevado a cabo el cambio de régimen contemplado en la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía en el que se requería licencia urbanística con carácter general, en la ejecución de cualquier obra, ocupación y utilización de cualquier inmueble, para fijar un marco normativo más flexible. En el mismo, asumido por el Ayuntamiento de Carboneras, también se concreta la comunicación previa como título habilitante para el cambio de titularidad de las licencias o actividades, la comunicación del inicio de las obras y la solicitud de prórrogas del plazo de inicio y de terminación de las obras.

Estas modificaciones vienen a varíar la forma de control de las obras de construcción por parte del Consistorio, pasando del control previo que suponía la obtención de licencia urbanística en todos los casos a una verificación e inspección a posteriori, según proceda en cada uno de los casos.

https://almeria360.com/principal-opinion/opinion/02062020_manifiesto-2_197904.html

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