Protesta contra los bancos
La convocatoria, con una dotación inicial de 2,2 millones, se integra en un programa de promoción del alquiler de 26,5 millones para 2015. "Esta ayuda atiende a familias en situación extrema", explica la consejera Elena Cortés
Con una cuantía inicial de 2,27 millones de euros, presupuesto que se irá ampliando, la Consejería de Fomento y Vivienda andaluza ha abierto una línea de ayudas al alquiler para familias desahuciadas o incursas en procesos de ejecución hipotecaria. «Esta ayuda atiende a familias en situación extrema», explica la consejera Elena Cortés.
Elena Cortés, consejera de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía
Dice Cortés que el objetivo es que «las familias desahuciadas por no poder pagar su hipoteca que se encuentran en situación de emergencia, sin alternativa habitacional y empobrecidas por la crisis y el desempleo no se queden en la calle», indica .
La ayuda para personas desahuciadas da cobertura al mismo perfil de familias en situación de emergencia social que la Consejería protegía mediante la expropiación temporal de viviendas a las entidades financieras, mecanismo actualmente suspendido por el recurso del Gobierno central contra la Ley para Asegurar la Función Social de la Vivienda.
Haber sido desahuciado, primer requisito Los requisitos que deben acreditarse para obtenerla son, entre otros, haber sufrido una ejecución hipotecaria o de cualquier otra garantía sobre su vivienda habitual; que el lanzamiento genere una situación de emergencia o exclusión social; y que ningún miembro de la unidad familiar sea titular de otra vivienda.
Esta línea de apoyo al alquiler también protege a los avalistas que acrediten una situación de emergencia social por encontrarse su vivienda en ejecución tras haberla ofrecido como garantía de un crédito hipotecario o de un préstamo concedido para hacer frente al desempeño de su trabajo como autónomo. También cubre a personas que acrediten su situación de emergencia social y hayan ofrecido su vivienda habitual en pago, aunque no sea haya un procedimiento de ejecución.
Familias en crisis Las circunstancias que acreditan el riesgo de exclusión son similares a las que permitían acogerse a la expropiacion del uso para evitar desahucios, entre ellas que las condiciones económicas hayan sufrido un importante menoscabo, provocando una situación de endeudamiento sobrevenido con respecto a sus condiciones cuando se firmó el préstamo. El esfuerzo que representa el préstamo sobre la renta familiar se debe haber multiplicado al menos por 1,5 desde el momento de la formalización del contrato y suponer más de un tercio de los ingresos familiares.
El periodo máximo de concesión de la ayuda son tres años, al igual que ocurría con la expropiación del uso recogida en la Ley recurrida parcialmente por el Gobierno.
El programa de apoyo al alquiler recoge una primera ayuda, de 4,3 millones, dirigida a familias inquilinas de viviendas públicas (de ayuntamientos, diputaciones o de la propia Junta) con dificultad para pagar la renta y con ingresos familiares inferiores a 1,5 veces el IPREM: unos 11.000 euros anuales. Esta ayuda se encuentra en fase de evaluación de las solicitudes trasladadas por los ayuntamientos y diputaciones. “Es una ayuda que pretende erradicar los desahucios en las viviendas públicas por causa de impago por empobrecimiento sobrevenido, tal y como ha hecho la Junta en su parque público”, ha señalado Cortés.
La segunda ayuda, publicada este viernes en el BOJA, es la orientada a personas desahuciadas o en proceso de desahucio. La tercera línea, de 20 millones de euros, ofrecerá ayudas al alquiler a familias con ingresos familiares inferiores a 2,5 veces el IPREM: unos 15.000 euros anuales. Esta ayuda se encuentra actualmente en fase de elaboración, con la previsión de publicación en el primer trimestre de 2015. La orden reguladora introducirá como uno de los elementos de puntuación para su concesión el que la familia haya sufrido un desahucio, ya sea hipotecario o por impago de la renta de arrendamiento.
Alegaciones ante el TC Andalucía fue la primera comunidad autónoma en desarrollar un marco legislativo para evitar los desahucios en casos extremos, concretamente mediante la Ley de Función Social de la Vivienda. Dicha norma fue parcialmente recurrida por el Gobierno en diciembre del año pasado, forzando la paralización cautelar de los mecanismos para sancionar a entidades financieras por mantener viviendas vacías y para expropiar temporalmente el uso de viviendas a los bancos para evitar desahucios de familias en riesgo de exclusión social.
Cortés ha anunciado que, una vez acreditado que el Gobierno recurrió la Ley aportando datos falsos, el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía ha presentado alegaciones ante el Tribunal Constitucional solicitándole el levantamiento de la suspensión cautelar de la norma.
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